Código de deontologia

Código de deontología del ICOM para los museos

La deontología y la conducta ejemplar de los profesionales de museos son valores esenciales para el ICOM.

El Código de deontología del ICOM para los museos, aprobado en 1986 y revisado en 2004  establece los valores y principios que el ICOM comparte con la comunidad museística mundial. Se puede calificar de instrumento de referencia, y ha sido traducido a 36 idiomas. Fija las normas mínimas de conducta y de práctica profesional para los museos y su personal.

Al afiliarse a la organización, los miembros del ICOM se comprometen a respetar este Código.

Estatutos del ICOM

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Los Estatutos del Consejo internacional de museos son un documento esencial para la organización. El reglamento del ICOM aclara y completa los presentes Estatutos.

Los Estatutos son las fundaciones de la organización y de su funcionamiento. Desarrollan los objetivos, las misiones y la estructura organizacional del ICOM.

La nueva versión de este documento esencial fue aprobada en 2007 durante la 21a Conferencia general en Viena, Austria.

 

 

Artículo 01 - 1. Denominación, situación jurídica, sede, duración del mandato y ejercicio contable

Sección 1. Denominación
El nombre de la Organización es ICOM (Consejo Internacional de Museos). El uso del nombre y la sigla de la Organización estará exclusivamente reservado para las funciones que la Organización autorice en su beneficio y el de sus miembros.


Sección 2. Situación jurídica
Fundado en 1946, el ICOM es una organización regida por la ley francesa de 1901 relativa a las asociaciones. El ICOM es una organización no gubernamental que mantiene relaciones formales con la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (UNESCO). El ICOM es una organización reconocida como entidad consultiva por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.


Sección 3. Sede
Le sede social del ICOM está ubicada en la Maison de l’UNESCO (1 rue Miollis, 75732, París, Cedex 15, Francia). El lugar de la sede podrá ser modificado por decisión del Consejo Ejecutivo.

Sección 4. Duración del mandato
La duración del mandato del ICOM es indefinida.

Sección 5. Ejercicio contable
El ejercicio contable dará comienzo el 1º de enero y finalizará el 31 de diciembre de cada año.