Código de deontologia

Código de deontología del ICOM para los museos

La deontología y la conducta ejemplar de los profesionales de museos son valores esenciales para el ICOM.

El Código de deontología del ICOM para los museos, aprobado en 1986 y revisado en 2004  establece los valores y principios que el ICOM comparte con la comunidad museística mundial. Se puede calificar de instrumento de referencia, y ha sido traducido a 36 idiomas. Fija las normas mínimas de conducta y de práctica profesional para los museos y su personal.

Al afiliarse a la organización, los miembros del ICOM se comprometen a respetar este Código.

Estatutos del ICOM

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Los Estatutos del Consejo internacional de museos son un documento esencial para la organización. El reglamento del ICOM aclara y completa los presentes Estatutos.

Los Estatutos son las fundaciones de la organización y de su funcionamiento. Desarrollan los objetivos, las misiones y la estructura organizacional del ICOM.

La nueva versión de este documento esencial fue aprobada en 2007 durante la 21a Conferencia general en Viena, Austria.

 

 

Artículo 27 - 27. Validación y modificación

Sección 1. Aplicación
Los presentes Estatutos entrarán en vigor inmediatamente después de su adopción por la Asamblea General.


Sección 2. Documento oficial
Habida cuenta de que el ICOM está registrado en Francia como entidad reglamentada por la Ley de 1901 relativa a las asociaciones en este país, la versión en francés de los presentes Estatutos será el documento oficial en el que se basarán todas las traducciones venideras.

En caso de litigios o malentendidos, la versión en francés de los Estatutos prevalecerá sobre todas las demás versiones en otras lenguas.


Sección 3. Modificaciones
El Consejo Ejecutivo, el Comité Consultivo, los Comités Nacionales e Internacionales, las Alianzas Regionales y las Organizaciones Afiliadas podrán proponer modificaciones de los presentes Estatutos.