Los museos no tienen fronteras,
tienen una red

Derechos de autor

Derechos de autor

Los museos, como instituciones permanentes sin fines de lucro al servicio de la sociedad y de su desarrollo, se enfrentan regularmente a problemas de derechos de autor cuando llevan a cabo sus misiones de interés público de adquirir, conservar, investigar, transmitir y exponer el patrimonio tangible e intangible de la humanidad y de su entorno para la educación, el estudio y el deleite.

Por ejemplo, puede ser necesario que un museo haga una reproducción de una obra para garantizar su supervivencia, ya sea para documentarla y preservarla en caso de robo, de un incidente (incendio, inundación) o de una consecuencia del cambio climático. En este sentido, el ICOM ha puesto en marcha el Object ID (identificación de objetos); una norma de documentación reconocida internacionalmente para documentar y describir las colecciones de objetos arqueológicos, culturales y artísticos que puede ayudar a su recuperación en caso de pérdida o robo. Como las copias digitales no están sujetas a la degradación física, garantizan la supervivencia de nuestro patrimonio (incluso si se pierde el soporte físico original) y su accesibilidad para todos, hoy y mañana. Los seminarios realizados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) constataron, sin embargo, que los museos eran las instituciones del patrimonio cultural menos respaldadas por sus legislaciones nacionales para realizar dichas copias con fines de conservación.

En cuanto a la comunicación y la exposición, los museos pueden realizar actividades en línea (como bases de datos accesibles a todos, visitas virtuales, etc.), fomentando y apoyando así la difusión del conocimiento y la puesta en común de nuestro patrimonio a las generaciones presentes y futuras. La pandemia de Covid-19, que ha obligado a los museos de todo el mundo a cerrar temporalmente, ha puesto de manifiesto esta necesidad. Sin embargo, una vez más, el marco jurídico aplicable a este tipo de actividades está compuesto por un conjunto de soluciones dispares, desiguales y a menudo insuficientes, que dificultan el desarrollo de las actividades de interés público de los museos.

Por ello, es necesario un marco jurídico claro, adecuado y equilibrado que ofrezca también limitaciones y excepciones a los derechos de autor para determinados usos.

Defensa de los museos en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

El marco jurídico actual de los derechos de autor para los museos es irregular e incompleto. Pocas disposiciones legislativas prevén excepciones específicas para los museos. Además, la falta de un marco internacional armonizado crea un desequilibrio y hace complejas las actividades transfronterizas.

Desde 2014, el ICOM aboga, junto con sus instituciones asociadas, la Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas (IFLA) y el Consejo Internacional de Archivos (ICA), ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) por un instrumento internacional que permita establecer limitaciones y excepciones a los derechos de autor para bibliotecas, archivos y museos.

En particular, el ICOM participa en las reuniones de alto nivel del Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR) de la OMPI para sensibilizar a los Estados miembros y a las partes interesadas sobre cuestiones específicas de la comunidad museística, especialmente en lo que respecta a los problemas de conservación del patrimonio cultural.

¿Cómo actuar?

    • Sensibiliza a los responsables de la toma de decisiones sobre los problemas específicos de derechos de autor a los que se enfrentan los museos. Te invitamos a utilizar las herramientas desarrolladas por el ICOM para ello;
    • Comparte tus problemas de derechos de autor con el ICOM utilizando tus redes sociales con nuestro hashtag #FixCopyrightForMuseums;
    • Pónte en contacto con el Comité de Asuntos Jurídicos para debatir otras medidas.

¿Quieres saber más sobre los derechos de autor?

 

Portada © Prostorina